lunes, 27 de abril de 2009

Asistencia a los centros de trabajo

Para los trabajadores:

No asistir a trabajar si presentan síntomas respiratorios que pudieran advertir la presencia del cuadro de influenzadescrito por las autoridades sanitarias. En ese caso, deben acudir de inmediato al centro de salud que les corresponda o al más cercano a su domicilio para someterse al examen o tratamiento que le corresponda. Las instituciones del sector salud deberán expedir el certificado de incapacidad correspondiente.

No llevar a sus hijos a los centros de trabajo, a fin de evitar el contacto físico y posible contagio. La suspensión de clases en todos los centros de educativos, de todos los niveles (en el Distrito Federal, Estado de México y San Luis Potosí) es, precisamente, para aislar a nuestros niños y jóvenes de posibles focos de infección. Es preferible que el padre o madre de familia no asista a trabajar.

En los casos anteriores, se conmina a los trabajadores a actuar responsablemente, sin excesos ni abusos. Invariablemente, el trabajador deberá dar aviso a sus empleadores o patrones, tan pronto le sea posible, de estas circunstancias.

Seguir las instrucciones y someterse a la capacitación que dicten sus empleadores de conformidad con las disposiciones de la Secretaría de Salud.



Para los patrones:

Identificar si en su empresa o negocio acude algún trabajador que presente síntomas que pudieren conformar el cuadro de influenza descrito por las autoridades sanitarias para que, de inmediato, lo aíslen a un lugar seguro y apartado del resto de los trabajadores, y lo remitan, acto seguido, a la unidad de atención médica que le corresponda.

Ser sensibles, flexibles y tolerantes durante el tiempo que dure la emergencia sanitaria, por lo que hace a faltas y retardos, por parte de trabajadores que tienen hijos estudiantes y que, por las disposiciones recientemente anunciadas, suspenderán su asistencia a guarderías, escuelas, universidades o institutos durante la contingencia sanitaria. Especial consideración se espera en tratándose de madres en período de lactancia. Concretamente, en estos casos, se pide a los patrones y empleadores no aplicar descuentos por dichas faltas o retardos.

Escalonar horarios, identificar áreas de trabajo prescindibles para reducir la actividad laboral o permitir el trabajo desde el hogar a través e Internet y otros mecanismos electrónicos y a distancia.

No celebrar reuniones masivas o asambleas y contar con todos los elementos básicos para el cuidado e higiene personal.

Atender al llamado de las autoridades sanitarias y difundir, de inmediato, a todo su personal, las medidas dictadas.

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